Abogado de Familia Posesiones Efectivas

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Posesión Efectiva

La posesión efectiva es un trámite, judicial o administrativo que se realiza con la finalidad que los tribunales de justicia o el registro civil, según corresponda, establezcan quienes son los herederos de una persona fallecida y cuáles son los bienes que forman parte de dicha herencia, de forma que éstos puedan disponer de la masa hereditaria.

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POSESIÓN EFECTIVA

Procedimiento

La posesión efectiva como señalamos, es un trámite que se debe realizar cuando una persona, al morir, ha dejado bienes (casas, vehículos, ahorros, etc.). Los herederos para disponer de tales bienes, deben realizar el trámite de posesión efectiva.

Si la herencia es intestada (cuando el causante no dejó testamento), el trámite de posesión efectiva se hace en el Registro Civil.

Si la herencia es por medio de un testamento, el tramite de posesión efectiva se realiza ante los tribunales civiles.

 
 
Quien puede solictar la posesión efectiva

La posesión efectiva puede tramitarse por cualquier persona que tenga el carácter de heredero del causante (no importa que algunos no quieran realizar el trámite, usted lo puede hacer igualmente) .

 

 
¿Cómo se solicta?

La posesión efectiva de una herencia sin testamento, deberá solicitarse a través de un formulario confeccionado para tal efecto por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Dicho formulario debe contener, al menos, los siguientes antecedentes:

a) Individualización de todos los herederos (indicándolos por sus nombres, apellidos, roles únicos nacionales, domicilio y calidades con que heredan);
b) El nombre, apellido, rol único nacional, profesión u oficio, estado civil, lugar y fecha de la muerte y último domicilio del causante (artículo 3º);
c) El inventario de los bienes existentes al fallecimiento del causante (artículo 4º).

Nada dice la ley acerca de la necesidad de ser suscrito el formulario por el o los herederos que soliciten la posesión efectiva, pero entendemos que este requisito formal debe cumplirse, pues de esta forma hay constancia fehaciente de la manifestación de voluntad en orden a aceptar la herencia.

Si la herencia se acepta con beneficio de inventario, deberá así declararse en el formulario.

Tiempo de Tramitación

No existe un plazo determinado por ley, pero el solicitante (o cualquier persona interesada) podrá pedir un informe del estado de su solicitud en cualquier momento yendo a una oficina del Registro Civil o a través del sitio Web Registro Civil Posesiones Efectivas (en la práctica nosotros diríamos que tiene una tiempo de 4 meses, aunque es relativo).

Recuerde siempre que lo primero que se debe hacer al estar terminada la posesión efectiva es inscribir las propiedades de la herencia en el Conservador de Bienes Raíces

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